Información al Contribuyente
Tributos
Gestionados por los Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
Estos impuestos se devengan el 1 de enero de cada año, a cargo de los titulares en eses momento, y su recaudación se realiza:
- IBI e IAE, desde el 20 de septiembre al 20 de noviembre.
- IVTM, durante los meses de marzo a mayo.
Oficina en:
Calle El Muelle, 8
33402 Avilés
Teléfono: 985 66 87 00
Gestionados directamente por el Ayuntamiento.
- Todas las tasas.
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. (Plus Valía)
Su devengo tiene lugar:
- Tasas, de acuerdo con lo establecido en cada Ordenanza Fiscal reguladora, siendo el procedimiento de autoliquidación, con ingreso simultáneo con la presentación de la solicitud, el establecido para su gestión, excepto en el caso de padrones fiscales de los que se emiten recibos.
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal número 304, se devenga “…en el momento de iniciarse la construcción, instalación u obra, aún cuando no se haya obtenido la correspondiente licencia.”. Se practica liquidación cuando se haya concedido la licencia, con carácter provisional y a cuenta; utilizando como base imponible el presupuesto presentado por el interesado, siempre que hubiera sido visado por el colegio oficial correspondiente, cuando ello constituya un requisito preceptivo, en otro caso se tendrá en cuenta le fijado por los servicios técnicos municipales.
Finalizada la obra, y comprobado el coste real de lo realizado, procederá liquidación complementaria si el presupuesto varió al alza y devolución si fue a la baja, no procediendo liquidación alguna si el presupuesto final coincide con el declarado inicialmente. - Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plus Valía), cuando se produce la transmisión de dominio de un bien inmueble de naturaleza urbana, tanto por operaciones entre vivos como por herencia. Siendo el procedimiento establecido para su gestión:
- En el caso de transmisiones entre vivos: liquidación tributaria practicada por la administración y notificada posteriormente al interesado, estando obligados los intervinientes a presentar declaración del hecho, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al otorgamiento del correspondiente documento público y aportando copia de éste.
- En el caso de transmisión por herencia, liquidación tributaria practicada por la administración y notificada posteriormente al interesado, estando obligados los herederos a presentar declaración del hecho causante, en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente al de ocurrir el fallecimiento, bien con el documento público otorgado o, en su defecto, declaración en el modelo colgado en la sede electrónica de la Web http//www,ayto-castrillon.es.
Oficina en:
Plaza de Europa, 1,
33450 PIEDRAS BLANCAS (Asturias)
Teléfono 985 53 00 50