Una vez realizado el sorteo público para la adjudicación de los puestos disponibles del Mercado Estival de Salinas 2023, se dicta Resolución de Alcaldía de adjudicación de autorizaciones para la venta ambulante en época estival en el Mercado de Salinas temporada 2023, situado en la Plaza del Náutico de Salinas a partir del día 2 de junio.
Plazo de presentación de solicitudes: a lo largo del primer trimestre del año en curso tal y como establece en la ordenanza reguladora de la venta ambulante en el concejo de Castrillón (BOPA DE 19-04-2012), es decir, del 01-01-2023 al 31-03-2023, ambos inclusive.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Castrillón, o a través de cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se recuerda la obligatoriedad establecida en el art. 14.2 de la citada Ley de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, entre otros colectivos, a las personas jurídicas o sus representantes.
Los requisitos para poder solicitar la autorización y, en su caso, habilitación serán los recogidos en la Ordenanza reguladora, anteriormente citada.
Las solicitudes podrán formularse en el MODELO NORMALIZADO establecido al efecto y que se adjunta a continuación:
Con fecha 28-12-2021 se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Castrillón, Resolución de Alcaldía, por la que se abre un plazo de 15 días hábiles para que los titulares de autorizaciones de Venta en el Mercado Semanal de Piedras Blancas, soliciten la renovación de la autorización y en su caso habilitación de tercero.
El plazo de presentación estará abierto desde el día 29 de diciembre de 2021 hasta el 20 de enero de 2022, ambos inclusive.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Castrillón, o a través de cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se recuerda la obligatoriedad establecida en el art. 14.2 de la citada Ley de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, entre otros colectivos, a las personas jurídicas o sus representantes.
Las solicitudes deberán formularse en los modelos normalizados establecidos al efecto y que se adjuntan a continuación: