Cualquier persona física
o jurídica podrá denunciar ante el Ayuntamiento cualesquiera
actividades o usos que contravinieran lo dispuesto en la Ordenanza
Municipal de Medio Ambiente en materia de ruidos.
En este punto cabe diferenciar dos aspectos:
Que los ruidos provengan de otro domicilio.
Que la fuente de los ruidos se encuentre en un local comercial.
| Molestias provocadas por vecinos. |
Cualquier comportamiento incívico
de personas, cuando produzcan ruidos que superen los niveles máximos
fijados en la Ordenanza, será considerado como una transgresión
de la misma y podrá ser sancionado.
No obstante, si vive en una casa en la
que los vecinos forman una "comunidad de propietarios",
la Ley de Propiedad Horizontal es la que marca las pautas mínimas
de convivencia. Entre otras cosas esta Ley prohibe a los vecinos
de los pisos o locales practicar actividades dañosas, inmorales,
peligrosas, insalubres o incómodas.
Si usted sufre alguna de las incomodidades mencionadas
por parte de uno de sus vecinos, puede actuar de la siguiente
forma:
1. Póngase en contacto con el o los
causantes de las molestias, para tratar de llegar a un acuerdo
amistoso.
2. Si no hacen caso a sus peticiones requiera
una Junta de Propietarios, para exponer el problema (seguramente
no será el único que sufra las molestias), y así
hacer constar en Acta las quejas formuladas.
3. La Junta de Propietarios puede hacer llegar
un último requerimiento al vecino causante de las molestias,
advirtiéndole que en caso de no cesar en las mismas se
emprenderán acciones judiciales contra él.
4. Llegado a este punto si todo sigue igual,
se puede acudir a juicio y conseguir que le priven del uso del
piso o local por un periodo de hasta dos años. También
puede ocurrir que si el vecino es inquilino, la Junta consiga
que los Tribunales pongan punto final al contrato de arrendamiento.
Y ante todo recuerde:
El ruido es capaz de crispar
los nervios de cualquiera y provocar enfrentamientos entre víctimas
y culpables. Pero es fundamental mantener calma y procurar solucionar
las cosas de forma amistosa, mostrando, eso sí, que se
está dispuesto a llegar a emprender acciones administrativas
y judiciales (a veces la perspectiva de un juicio es lo bastante
disuasoria como para que cese el problema).
| Molestias provocadas por establecimiento
público. |
En este caso no dude en presentar
denuncia ante la Policía Local o el Ayuntamiento. Se realizará
una medición de sonoridad en su vivienda y se trasladará
su denuncia junto con el informe de la inspección, al departamento
municipal correspondiente, para, si procede, iniciar la tramitación
del expediente por infracción a la Ordenanza Municipal
de Medio Ambiente que puede finalizar con multa, necesidad de
adoptar medidas correctoras por el propietario de la actividad
o el cierre del local en los casos más graves.